Avasallamiento a la Autonomía
Referido a los Artículos 70, 30 y 31
El Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP), Consejo Interuniversitario Nacional (CIN, de rectores), y el Ministerio de Educación forman parte de los órganos de coordinación previstos por el Art. Nº 63, en este caso las Universidades privadas pasarían a controlar a las Universidades públicas.
Con la ley vigente las fuerzas de orden público sólo pueden ingresar a la Universidad con la autorización de los directivos de la misma. Con este proyecto el poder ejecutivo puede entrometerse a la universidad sin esta autorización.
Se puede llevar a cabo la intervención hasta por 6 meses lo cual no especifica que este período se pueda repetir sucesivas veces.
El Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP), Consejo Interuniversitario Nacional (CIN, de rectores), y el Ministerio de Educación forman parte de los órganos de coordinación previstos por el Art. Nº 63, en este caso las Universidades privadas pasarían a controlar a las Universidades públicas.
Con la ley vigente las fuerzas de orden público sólo pueden ingresar a la Universidad con la autorización de los directivos de la misma. Con este proyecto el poder ejecutivo puede entrometerse a la universidad sin esta autorización.
Se puede llevar a cabo la intervención hasta por 6 meses lo cual no especifica que este período se pueda repetir sucesivas veces.
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